El organismo extendió hasta el 16 de noviembre la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias 2025. Además, las MiPyMEs, el sector salud, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro tendrán tiempo hasta el 30 de diciembre para acceder a determinados planes de facilidades de pago.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció nuevas prórrogas para el cumplimiento de obligaciones tributarias, con modificaciones en los vencimientos del Impuesto a las Ganancias y en los plazos de adhesión a regímenes especiales de facilidades de pago.
Las medidas fueron oficializadas mediante las resoluciones generales 5918/2026 y 5920/2026, publicadas el viernes 30 de octubre en el Boletín Oficial.
Ganancias: nueva fecha límite para presentar las declaraciones juradas
A través de la Resolución General 5918/2026, ARCA estableció el 16 de noviembre de 2026 como nueva fecha límite para presentar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2025.
La disposición alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto del régimen general como del Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
Anteriormente, el vencimiento para la presentación estaba previsto para el 30 de octubre.
Desde el organismo explicaron que la extensión responde a la necesidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, teniendo en cuenta las modificaciones normativas que impactan en la liquidación del impuesto.
Es importante aclarar que la prórroga corresponde a la presentación de la declaración jurada y no modifica el vencimiento de pago, que se mantiene en el 27 de julio de 2026.
La resolución también trasladó al 30 de noviembre el proceso de caracterización sistémica como pequeño contribuyente.
Planes de pago: habrá tiempo hasta el 30 de diciembre
Por otra parte, mediante la Resolución General 5920/2026, ARCA extendió hasta el 30 de diciembre de 2026 el plazo para adherir a determinados regímenes especiales de facilidades de pago.
La medida comprende a los siguientes sectores:
- Establecimientos y contribuyentes del sector salud.
- Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs).
- Pequeños contribuyentes.
- Entidades sin fines de lucro.
Estos regímenes están orientados a facilitar la regularización de obligaciones tributarias y, según el plan correspondiente, de deudas vinculadas con la seguridad social y cuestiones aduaneras.
Los plazos de adhesión vencían originalmente el 30 de octubre, por lo que los contribuyentes alcanzados dispondrán de dos meses adicionales para incorporarse.
Qué deben tener en cuenta los contribuyentes
Con las nuevas disposiciones, ARCA busca otorgar mayor margen para cumplir con las obligaciones fiscales y acceder a herramientas de regularización.
Los contribuyentes deberán verificar si se encuentran comprendidos en los regímenes y consultar las condiciones particulares de cada plan antes de formalizar su adhesión.
Las resoluciones ya se encuentran vigentes y pueden consultarse a través de los canales oficiales de ARCA.







