La defensa de la expresidenta argentina Cristina Fernández de Kirchner que solicitó al Comité de Derechos Humanos de la ONU una medida cautelar que suspenda su inhabilitación perpetua a ejercer cargos públicos informó que cuenta con un nuevo elemento de prueba que pone en tela de juicio la sentencia que la condenó también a seis años de prisión.
«Hay un elemento nuevo que hemos incorporado, que es trascendente, y consiste en una nueva prueba que pone en evidencia, una vez más, que la sentencia dictada en contra de Cristina Fernández de Kirchner es absolutamente injusta, y que se terminó condenando a una persona inocente», anunció este martes el abogado argentino Carlos Beraldi durante una conferencia de prensa.
La condena que emitió en diciembre de 2022 el Tribunal Oral Federal (TOF) nº 2 en el marco de una causa conocida como «Vialidad», que la sentenció por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, se basa en el decreto 54 emitido en 2009 que, según la sentencia, fue emitido para garantizar los fondos a un fideicomiso destinado a las obras asignadas a un empresario de la construcción, Lázaro Báez.
El 6 de agosto, en el marco de otro juicio en curso contra la expresidenta llamado «Cuadernos», un testigo convocado por la fiscalía, técnico de la Dirección Nacional de Vialidad, detalló los gastos de los fondos del fideicomiso.
Entre 2009 y 2015, la inversión realizada de la Dirección Nacional de Vialidad con fondos de ese fideicomiso fue por más de 2.000 millones de dólares, «pero cuando vimos lo que se le había sido asignado a Lázaro Báez, vimos que era menos del uno por ciento», reveló Beraldi.
En concreto, el Grupo Austral del empresario Báez recibió entre 2009 y 2011, un total de 18 millones de dólares, y nada durante los años que siguieron.
Para probar que el decreto 54 era una norma de carácter general, la defensa de la expresidenta ofreció durante el juicio una pericia contable.
«Si se hubiesen hecho las medidas de prueba que habíamos ofrecido en su oportunidad, se hubiese demostrado que ese decreto era una norma de carácter general que no se había dictado para favorecer a ningún empresario: era simplemente una asignación de fondos para proveer financiamiento a las obras viales», detalló el letrado.
«GIRO DECISIVO»
Otro de los tres abogados que intervienen en la presentación ante la ONU, el brasileño Rafael Valim, aseguró que se encuentran «frente a un hecho que marca un giro decisivo en este caso».
Además de que no hay fundamento de derecho para condenar a la exmandataria, «tampoco hay un fundamento fáctico para la condena», sostuvo.
Durante el juicio tramitado por el TOF nº 2, que fue avalado en las siguientes instancias, «se confabuló una mentira para condenar a la expresidenta», indicó Valim.
«Estos datos ponen a la acusación en una contradicción radical e insostenible», sentenció.
El abogado español Javier Borrego, en tanto, mostró impresos los 1.616 folios por ambas caras con la sentencia del TOF n.º 2 y que avaló la Corte Suprema al confirmar la condena contra Cristina Fernández en junio de 2025.
«Esta sentencia es un delirio», aseguró.
PASOS A SEGUIR
Una vez se expida el Comité de la ONU sobre la presentación que pide una cautelar en favor de los derechos políticos de la expresidenta, algo que podría ocurrir en octubre, la defensa de Fernández solicitará un recurso de revisión con la petición de la suspensión de la sentencia, «instancia en la cual, judicialmente, se mostrarán todas las características del proceso», refirió Beraldi.
El Código Procesal Penal de la Nación y el Código Procesal Penal Federal avala la posibilidad de que, con la mera interposición del recurso de revisión, se pueda pedir a tribunal la suspensión de la ejecución de la sentencia.
«Estamos en condiciones de que un tribunal de justicia avance en el análisis de lo que planteamos, incluso pueda suspender, antes de dictar la sentencia de fondo, los efectos de esta condena, que es totalmente injusta», señaló el abogado argentino.
En una nueva intervención, el letrado español aventuró una tercera vía, de carácter político, para que sea eliminada la condena.
El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas debe realizar primero un examen de admisibilidad para determinar si la presentación reúne los requisitos necesarios para avanzar.
Si supera esa instancia, el organismo podrá requerir información al Estado argentino antes de emitir un pronunciamiento sobre el fondo del reclamo.
Sus decisiones no anulan sentencias judiciales nacionales, aunque constituyen pronunciamientos de peso en el ámbito internacional sobre el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los Estados.
En prisión domiciliaria desde hace más de un año, Cristina Fernández afronta en la actualidad otro juicio oral por la causa «Cuadernos», en la que está acusada de ser jefa de una asociación ilícita que cobraba supuestamente sobornos a empresarios de la construcción, energía y transporte que obtenían después contratos estatales. (Sputnik)







