El Poder Ejecutivo dispuso una nueva postergación en la aplicación de los aumentos impositivos sobre las naftas y el gasoil, que originalmente debían entrar en vigencia el 1° de septiembre. La decisión quedó establecida mediante el Decreto 829/2026, publicado en el Boletín Oficial, y fija un nuevo cronograma para la entrada en vigencia de las actualizaciones pendientes de los años 2024 y 2025, además de las correspondientes al primer y segundo trimestre de 2026.
La prórroga impacta directamente en el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y en el Impuesto al Dióxido de Carbono, aplicados sobre la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil. Con esta disposición, los incrementos comenzarán a aplicarse a partir del 1° de octubre de 2026, evitando que se trasladen a los surtidores durante septiembre.
No obstante, la medida no impide que las empresas petroleras puedan modificar los precios de venta al público por otros componentes de su estructura de costos.







