La Agencia de Recaudación y Control Aduanero extendió el plazo para presentar la declaración jurada del período fiscal 2025. La nueva fecha límite será el 22 de septiembre. La medida también contempla una postergación para el primer anticipo de Ganancias correspondiente a 2026.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso una nueva prórroga para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025 para personas humanas y sucesiones indivisas.
De acuerdo con la Resolución General 5890, publicada en el Boletín Oficial, el nuevo vencimiento para realizar la presentación será el 22 de septiembre de 2026, en reemplazo de la fecha que estaba prevista originalmente.
La medida alcanza tanto a quienes se encuentran comprendidos en el régimen general como a aquellos contribuyentes adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
La prórroga es para la presentación
ARCA aclaró que la modificación del calendario alcanza específicamente a la presentación de la declaración jurada del período fiscal 2025.
En cambio, el vencimiento correspondiente al pago del saldo resultante de Ganancias del período fiscal 2025 se mantiene en la fecha establecida previamente.
La resolución señala que la extensión de los plazos responde a «razones de administración tributaria» y tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
También se postergó el primer anticipo de Ganancias 2026
La normativa establece además una modificación para las personas humanas y sucesiones indivisas respecto del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026.
Ese pago, cuyo vencimiento original estaba previsto para agosto, podrá realizarse excepcionalmente hasta el 24 de septiembre de 2026, inclusive.
¿Qué pasa con Bienes Personales?
La prórroga también establece que el vencimiento correspondiente al pago del saldo del Impuesto sobre los Bienes Personales del período fiscal 2025 se mantiene sin modificaciones respecto de lo dispuesto previamente.
En este sentido, la presentación de las declaraciones juradas y los pagos asociados tienen calendarios diferentes, por lo que los contribuyentes deberán prestar especial atención a cada obligación.
Las nuevas fechas
Ganancias – declaración jurada período fiscal 2025: 22 de septiembre de 2026.
Primer anticipo de Ganancias – período fiscal 2026: 24 de septiembre de 2026.
Pago del saldo de Ganancias período fiscal 2025: se mantiene según el vencimiento establecido por ARCA.
Bienes Personales período fiscal 2025: se mantiene el vencimiento de pago establecido previamente.
La resolución busca ordenar nuevamente el calendario tributario y otorgar más tiempo a los contribuyentes para completar sus obligaciones ante el organismo recaudador.







