El gobernador del Chubut, Ignacio Torres, anunció el envío a la Legislatura de un proyecto de ley de alivio fiscal e incentivo para la construcción de viviendas, medida que, una vez implementada, tendrá vigencia hasta mediados del próximo año.
El acto tuvo lugar en la Casa de Gobierno y contó con la participación del secretario de Infraestructura, Energía y Planificación, Hernán Tórtola; el intendente de Esquel, Matías Taccetta; el presidente de la Cámara de la Construcción de Chubut, Juan Cruz Villegas; el secretario general de la UOCRA, Javier Moya; el secretario general de la UOCRA Comodoro Rivadavia, Raúl Silva; diputados provinciales; integrantes del gabinete provincial; representantes gremiales, de cámaras empresarias, del Colegio de Corredores Inmobiliarios de Chubut y de empresas constructoras.
La iniciativa consiste en la exención del 100% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la construcción, reforma y reparación de edificios residenciales; instalaciones de gas, agua, sanitarios y climatización con sus respectivos dispositivos conexos; instalaciones de carpintería, herrería de obra y artística; y terminación y revestimiento de paredes y pisos.
Además, la propuesta contempla exenciones de hasta el cien por ciento en el Impuesto de Sellos, según la cantidad de empleados y magnitud de la inversión.
Beneficios para la construcción
El proyecto de ley elevado por el Ejecutivo provincial a la Legislatura dispone “el otorgamiento de beneficios fiscales, por el período comprendido entre el 1 de junio de 2026 y el 30 de junio de 2027 inclusive, sobre el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y el Impuesto de Sellos para la actividad de construcción destinada principalmente a viviendas familiares o edificios residenciales a construirse o ampliarse en la provincia del Chubut, a partir de la entrada en vigencia de la presente”.
Asimismo, la iniciativa establece una exención del 100% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos “para los contribuyentes de Convenio Multilateral y del Acuerdo Interjurisdiccional, inscriptos en la jurisdicción de la provincia del Chubut, o contribuyentes directos de la misma” para las actividades incluidas en el Nomenclador de Actividades Económicas (NAES), tales como “Construcción, reforma y reparación de edificios residenciales (410011)”; “Instalaciones de gas, agua, sanitarios y de climatización, con sus artefactos conexos (432200)”; “Instalaciones de carpintería, herrería de obra y artística (433010)”; “Terminación y revestimiento de paredes y pisos (433020)”, entre otras.
Por otra parte, el documento indica que “los ingresos exentos serán exclusivamente los declarados entre el 1 de junio de 2026 y el 30 de junio de 2027 inclusive, originados en la actividad de construcción y/o ampliación de viviendas familiares o edificios residenciales desarrollada en la jurisdicción de la provincia del Chubut”.
Asimismo, establece que “la falta de cumplimiento de los requisitos previstos en la presente, así como la falta de veracidad o inexactitud en el contenido de las declaraciones juradas o en los instrumentos alcanzados por los beneficios fiscales, importará la pérdida automática de dichos beneficios, habilitando a la Agencia de Recaudación de la Provincia del Chubut a reclamar su cobro por vía administrativa o judicial, además de aplicar las multas e intereses correspondientes”.
También se indica que “la falta de finalización de la obra dentro del plazo previsto hará perder automáticamente el beneficio”.







