El Gobierno nacional oficializó este martes 1 de julio el pago de un bono extraordinario previsional de $70.000 para jubilados y pensionados que perciben el haber mínimo, mediante el Decreto 444/2025, publicado en el Boletín Oficial.
Con esta medida, quienes cobren la jubilación mínima verán incrementado su ingreso mensual a $379.298, dado que el haber base para julio fue fijado en $309.298,16, con un incremento del 1,5% correspondiente a la variación de la inflación de mayo.
El bono de $70.000 será complementario y proporcional: en el caso de los jubilados que perciban un ingreso superior al haber mínimo, pero inferior a los $379.298, el bono cubrirá la diferencia hasta alcanzar esa cifra. Por ejemplo, si un beneficiario cobra $350.000, el refuerzo será de $29.298.
¿Quiénes pueden cobrar el bono de $70.000?
La medida alcanza a las siguientes categorías de beneficiarios:
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Jubilaciones otorgadas por ANSES bajo la Ley 24.241 y otros regímenes previsionales nacionales transferidos a la Nación.
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Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.
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Beneficiarios de pensiones no contributivas: por invalidez, vejez, madres de siete hijos o más, y pensiones graciables a cargo de ANSES.
Cabe destacar que este bono no será remunerativo, no sufrirá descuentos y no será computable para otros conceptos. Además, las pensiones compartidas entre varios copartícipes se considerarán como un único beneficio para el cálculo del refuerzo.
Compensación por el impacto inflacionario
Desde el Poder Ejecutivo, se justificó la medida haciendo foco en los efectos negativos de la Ley de Movilidad Jubilatoria N° 27.609, que rigió desde 2021 y que, según se detalla en los considerandos del decreto, no protegía adecuadamente el poder adquisitivo de los adultos mayores frente a la inflación.
“El otorgamiento de ayudas económicas extraordinarias resulta imprescindible para proteger a quienes perciben haberes bajos”, señala el texto oficial, que recuerda que desde enero de 2024 se viene implementando una política de bonos compensatorios para jubilados de menores ingresos.
Uso y vigencia del bono
El bono será percibido en julio de 2025 por los beneficiarios que tengan sus prestaciones vigentes al momento de la liquidación. Se aclara que este refuerzo no reemplaza ningún otro ingreso, sino que se suma al haber mensual correspondiente.






