El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 595/2023, publicado recientemente en el Boletín Oficial, establece que las pensiones de Veteranos de la Guerra de Malvinas serán hereditarias para los hijos de aquellos que participaron del conflicto bélico de 1982.
Según esta norma, los hijos de los Veteranos de Guerra del Atlántico Sur podrán percibir la pensión de sus padres más allá de haber cumplido los 18 años y sin importar su estado civil, siempre y cuando no exista viuda, viudo o conviviente con derecho a ellas, ni otros hijos menores o con discapacidad.
El presidente Alberto Fernández justificó la firma del DNU debido a la situación económico-social que afecta a los sectores de menores ingresos, entre los que se encuentran los Veteranos de Guerra, lo que impide cumplir con los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes.