La Cámara de Apelaciones de Esquel confirmó la condena contra una entidad bancaria que deberá abonar más de 32 millones de pesos a un ex empleado despedido mientras se encontraba bajo licencia médica por un cuadro psiquiátrico.
El tribunal, integrado por los jueces Jorge Luis Früchtenicht y Günther Enrique Flass, ratificó la sentencia de primera instancia al considerar que la desvinculación fue arbitraria, careció de una causa válida y presentó características discriminatorias.
La causa se inició luego de que el trabajador tomara licencias médicas prescriptas por profesionales de la salud debido a una afección psiquiátrica. Pese a la presentación de certificados médicos, la entidad financiera cuestionó el estado de salud del empleado mediante controles laborales y posteriormente dispuso su despido.
Durante el proceso judicial quedó expuesto que la empresa modificó en reiteradas ocasiones los argumentos para justificar la cesantía. En distintas comunicaciones alegó abandono de trabajo, luego hizo referencia a una serie de situaciones y finalmente cuestionó la existencia de la enfermedad denunciada por el trabajador.
Ante estas inconsistencias, la Justicia consideró vulnerado el principio de invariabilidad de las causales de despido, que impide a un empleador cambiar los motivos invocados una vez comunicada la decisión.
Los magistrados remarcaron que la demandada no logró aportar pruebas suficientes para justificar la medida y señalaron que alterar las causales afecta el derecho de defensa del trabajador.
Además, la Cámara confirmó el carácter discriminatorio del despido al entender que estuvo vinculado a la condición de salud del empleado, una conducta prohibida por la legislación vigente.
De esta manera, el tribunal confirmó la condena por un total de 32.042.629 pesos más intereses, además de imponer las costas del proceso de segunda instancia a la entidad bancaria demandada.







