Bajo esta medida, el valor de la cuota mensual no quedará congelado, sino que se ajustará utilizando el Índice de Salarios Registrados publicado por el INDEC durante el tiempo que dure el proceso legal. El juez Bava destacó que esta decisión busca proteger el derecho a la salud y la integridad física de las personas, considerando la difícil situación económica que enfrenta la demandante.
Es importante destacar que si la demandante ya ha abonado las facturas correspondientes a los meses afectados, no se ordenará ninguna devolución en esta etapa procesal. El fallo fue emitido sin que esto implique una decisión final sobre la controversia, y se argumentó que la medida no causa un grave perjuicio a la demandada, mientras evita el empeoramiento de las condiciones de vida de la afiliada representada por el Observatorio del Derecho de la Ciudad.
El juez subrayó la necesidad de ajustar la cuota mensual en función del Índice de Salarios Registrados debido al contexto inflacionario del país, considerando que no resulta razonable congelar la cuota hasta la conclusión del proceso legal. En resumen, el otorgamiento de esta medida cautelar se alinea con la protección del derecho a la salud y la integridad física de las personas, siendo la solución más adecuada para la situación actual.