El Concejo Deliberante aprobó hace instantes, y por unanimidad, la modificación a la Ordenanza de Obras Públicas que había solicitado el Ejecutivo municipal, con el objetivo de poder reactivarla pese a la grave situación económica que se vive y la necesidad de acelerar adecuación de precios para que las construcciones se inicien y se finalicen.
“Atento la urgencia en resolver la situación de emergencia por la que atraviesa específicamente el sector de la construcción, resulta necesario proceder a la adopción de medidas que resuelvan la rapidez del procedimiento de redeterminación de precios” se detalla en el proyecto.
Para la determinación de previos será “auditable, público y transparente. La tarea de control público que desarrollan los entes de control externo del Poder Ejecutivo
Municipal deberán adoptar similares tecnologías. Toda tecnología aplicable a este proceso priorizará su compatibilidad con el sistema aplicado por el Estado Nacional, debiendo ser en todos los casos seguro, de plataforma abierta y libre del pago de licencias”.
El Estado Municipal podrá realizar adecuaciones provisorias de precios de oficio, siguiendo las pautas previstas en el pliego y en la presente ordenanza, en el supuesto que transcurridos treinta (30) días desde el pago del certificado básico la contratista no haya efectuado solicitud alguna de redeterminación provisoria de precios del
correspondiente certificado.
“Las solicitudes de adecuación provisoria de precios deberán peticionarse ante el comitente, conjuntamente con el certificado que se pretende redeterminar. Todos los procedimientos de readecuación de precios migrarán paulatinamente a soporte digital en el plazo establecido en el artículo 6° de la presente, con procesos internos y actos automatizados”.
Todas las tareas antes enumeradas deberán desarrollarse mediante plataforma digital, automatizando los parámetros de un sistema informático. En cuyo caso la Comisión de Redeterminación de Precios y Renegociación de Contratos de Obra Pública intervendrá “validando la corrección de los parámetros del sistema”.
El Poder Ejecutivo tendrá un plazo de máximo 12 meses desde la publicación de la ordenanza para implementar la plataforma digital mediante la cual se realizará el procedimiento de redeterminación de la obra pública. Hasta tanto se implemente dicha plataforma digital o se cumpla el plazo de doce (12) meses, lo que ocurra primero, se aplicará un procedimiento de redeterminación simplificado provisorio.