Una mujer de Puerto Madryn, afiliada a Seros y de 90 años, obtuvo un fallo judicial que obliga a la obra social a cubrir íntegramente el servicio de cuidadores domiciliarios. Hasta ahora, la afiliada destinaba todos sus ahorros para pagar la atención que necesitaba debido a su deterioro cognitivo y motriz, ya que Seros solo reconocía el 50% del costo.
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Chubut confirmó que el Instituto de Seguridad Social y Seguros (ISSyS) deberá afrontar el 100% del costo de cuidadores domiciliarios para una mujer de 90 años residente en Puerto Madryn, cuya salud y contexto familiar la colocan en una situación de triple vulnerabilidad.
La paciente, identificada como B. G., presenta un cuadro de senilidad con deterioro cognitivo y motriz, vive sola y su única hija reside en Trelew con problemas de salud propios. El equipo médico prescribió asistencia permanente las 24 horas, con cuatro cuidadoras en rotación.
El servicio privado ascendía a $4,1 millones mensuales, frente a ingresos de apenas $1,4 millones, lo que obligó a la mujer a agotar sus ahorros. Inicialmente, el ISSyS cubría solo el 50%, alegando que el resto debía gestionarse ante PAMI, pero el tribunal rechazó esa derivación burocrática.
Los jueces remarcaron que el sistema solidario de salud debe garantizar cobertura integral, aunque fijaron límites: los pagos deberán ajustarse al nomenclador oficial de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (Categoría 4). La cobertura se otorgará por 12 meses, renovable según la persistencia de la necesidad.
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Chubut confirmó la sentencia que ordena la cobertura total por 12 meses, con posibilidad de renovación. El tribunal consideró que exigirle nuevos trámites ante otros organismos, como PAMI, resultaba injusto dada su edad y situación de vulnerabilidad.
El fallo establece que los montos deberán calcularse según el nomenclador oficial de trabajo en casas particulares, garantizando así una atención digna y continua sin comprometer los recursos personales de la afiliada.







