El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteño, Guillermo Scheibler, ha declarado la nulidad de la ley local 6.447 que estableció el «Distrito del Vino».
En su resolución, el magistrado argumentó que la ley fue aprobada sin permitir la participación ciudadana previa y sin seguir el adecuado procedimiento de sanción de la ley, tal como lo establece la Constitución de la Ciudad.
Esta decisión surge a raíz de una acción de amparo colectivo presentada por la Asamblea de «Residentes del Distrito del Vino» y el movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos, con el respaldo del Observatorio del Derecho a la Ciudad.
Scheibler destacó que la ley en cuestión busca promover la localización de ciertos tipos de actividades en el área delimitada, lo que podría tener un impacto en la apariencia e identidad de los barrios afectados y, por ende, involucra cuestiones ambientales.
Asimismo, el juez señaló que la ley 6447 representa una excepción a la normativa general, en este caso el Código Fiscal de la ciudad, específicamente en lo que respecta al impuesto sobre los ingresos brutos. Esta normativa permite a los beneficiarios del Distrito del Vino deducir un porcentaje de la inversión realizada en un proyecto de desarrollo espacial como pago a cuenta de dicho impuesto, un beneficio que no está disponible para otros contribuyentes.