El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado hoy en el Boletín Oficial establece un nuevo conjunto de normas para las locaciones de inmuebles para residencia, junto con la derogación de la Ley de Alquileres.
El abogado Sebastián Domínguez resumió los nueve puntos más importantes:
1. El contrato puede realizarse en cualquier moneda.
2. El inquilino debe pagar en la moneda pactada.
3. Los jueces no pueden cambiar la moneda pactada
4. Se puede pactar cualquier tipo de actualización.
5. El contrato puede realizarse por cualquier plazo, sin un plazo mínimo
6. El locador ya no tiene la obligación de pagar las mejoras introducidas por el locatario, a menos que acuerde hacerlo.
7. El locador puede rescindir el contrato por cualquier incumplimiento, no solo por las tres causales contempladas en el Código Civil y Comercial.
8. El locatario ya no puede rescindir el contrato si el inmueble no queda apto para uso y goce, si él mismo causó el daño directa o indirectamente.
9. Resolución anticipada del contrato en cualquier momento pagando el 10% del monto de los alquileres hasta el fin del contrato, sin necesidad de esperar 6 meses desde la firma del contrato para rescindir.







