El gobernador del Chubut, Ignacio Torres, anunció un incremento en las multas y sanciones por la venta y utilización de pirotecnia, una medida que también contempla penas de prisión en situaciones determinadas, en el marco de una política orientada a fortalecer la convivencia ciudadana y el respeto social.
La decisión será efectiva a partir de la modificación de la Ley XV N° 27, que establece el Código de Convivencia Ciudadana en la provincia. La normativa alcanzará tanto a quienes vendan como a quienes utilicen elementos de pirotecnia, ampliando el alcance de las sanciones vigentes.
Al fundamentar la medida, el mandatario remarcó que el uso de artefactos pirotécnicos provoca una grave afectación en niños pequeños, personas mayores, personas con trastorno del espectro autista (TEA) y personas con enfermedades crónicas, además de generar consecuencias negativas en animales domésticos y silvestres. Entre los principales impactos se mencionan crisis sensoriales, estrés, problemas respiratorios y cardíacos, daños físicos y emocionales, así como un impacto ambiental por la emisión de gases y partículas contaminantes.
“Vamos a duplicar las penas y sanciones por la venta y uso de pirotecnia, porque entendemos que la convivencia y el respeto construyen una sociedad mejor y más madura”, expresó Torres, quien añadió que “la verdadera celebración está en compartir con empatía y respetándonos entre nosotros; por eso, los chubutenses elegimos festejar en paz y desde la empatía por el otro”.
En ese marco, el Gobernador instó además a los municipios de la provincia a que, a través de sus concejos deliberantes, avancen en la modificación de las ordenanzas locales vinculadas a la pirotecnia, incrementando las sanciones y reforzando los controles.
Qué sanciones prevé la modificación
La reforma alcanzará al Artículo 164 del Código de Convivencia Ciudadana, que contempla sanciones como:
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Días de trabajo comunitario
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Multas determinadas en Unidades de Multa (UM)
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Arresto
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Decomiso de mercadería
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Clausura de comercios
Estas penalidades se aplicarán a quienes ejerzan la tenencia, guarda, acopio, depósito, venta o cualquier forma de comercialización, tanto mayorista como minorista, así como también al uso particular o privado de elementos de pirotecnia y cohetería.






