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Ordenan nuevo juicio por abuso sexual porque originalmente se destimó la acusación porque «la víctima era una mujer obesa»

by Saul
julio 1, 2025
in Politica
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Dispusieron la libertad para docente imputada por abusos en escuela
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La defensora había argumentado que no podría haber abuso porque la víctima era “una mujer obesa” y no hubiese simple forzarla para “sacarle una calza”.
El Superior Tribunal de Justicia del Chubut revocó una absolución dictada en 2018 a un acusado por abuso sexual contra su expareja, y ordenó la realización de un nuevo juicio. La decisión se produjo luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación anulara el fallo original y solicitara un nuevo pronunciamiento con perspectiva de género, gracias a la apelación del Ministerio Público Fiscal.

El caso ocurrió en Puerto Madryn y el acusado fue absuelto por el beneficio de la duda. Los hechos llevados a juicio ocurrieron cuando la víctima estaba en su domicilio y se presentó su expareja. Luego de una discusión, la llevó por la fuerza a su dormitorio y la obligó a mantener relaciones sexuales, según la denuncia de la víctima.

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El protocolo de casos de abuso sexual dio resultado positivo y el caso fue llevado a juicio, calificado como “abuso sexual con acceso carnal” por parte de la Fiscalía.

Pero, en sus alegatos, la defensora pública María Angélica Leyba sostuvo que no hubo abuso sexual y cuestionó que el acusado hubiera podido forzar a la mujer, ya que la víctima es “una mujer obesa” y no hubiese sido simple forzarla para “sacarle una calza”.

Aunque el tribunal de juicio había reconocido la existencia de lesiones compatibles con un acceso sexual violento y la credibilidad del testimonio de la denunciante, había absuelto al imputado por aplicación del beneficio de la duda.

La Fiscalía apeló la resolución. El caso llegó a la Corte Suprema por recurso del Ministerio Público Fiscal, que cuestionó la sentencia absolutoria por considerar que implicaba una restricción sustancial al ejercicio de la acción penal, en un contexto de violencia de género.

En su dictamen, el Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, sostuvo que la resolución judicial presentaba deficiencias graves, dado que los hechos ocurrieron en una relación de pareja atravesada por violencia, y que no se había aplicado el enfoque de género exigido por la legislación nacional e internacional, como la Convención de Belém do Pará y la Ley 26.485.

El Superior Tribunal coincidió con esa mirada y resolvió que la sentencia anterior “comprometía el acceso efectivo a la justicia de la víctima”. Y calificó la decisión como carente de fundamentación lógica y jurídica suficiente.

Por todo ello, se dispuso revocar la sentencia del Tribunal de Juicio, integrado en su momento por las juezas Patricia Reyes, Marcela Pérez y Patricia Asaro, y remitir la causa a la Oficina Judicial para la realización de un nuevo juicio.

Tags: abuso sexualcalzasobesa
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