A partir del martes 1 de abril, todos los comercios estarán obligados a detallar en facturas y tickets el IVA y otros impuestos internos nacionales que inciden en los precios, en cumplimiento con el régimen de Transparencia Fiscal establecido en la Ley Bases.
La Resolución General 5614/2024 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó el régimen de facturación y registración de comprobantes, estableciendo una implementación gradual con los siguientes plazos:
- Grandes empresas que emiten factura de crédito electrónica: desde el 1 de enero de 2025.
- Emisión vía «Comprobantes en línea» o «Facturador móvil»: desde el 1 de enero de 2025, con modificaciones sistémicas que permiten que el monto de IVA y otros impuestos nacionales indirectos aparezcan automáticamente en la factura electrónica.
- Demás contribuyentes con otros sistemas de emisión: desde el 1 de enero fue optativo, pero a partir del 1 de abril de 2025 será obligatorio.
Para quienes utilizan la facturación electrónica a través de los sistemas de AFIP, la discriminación del IVA se refleja automáticamente desde el 1 de enero de 2025, gracias a las adecuaciones sistémicas implementadas. En cambio, aquellos contribuyentes con sistemas propios de facturación electrónica debieron realizar ajustes en su software para incluir esta información.
El consumidor final no necesita realizar ninguna acción adicional. En la factura o ticket de compra verá la leyenda «Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor (Ley 27.743)», donde se detallarán los impuestos discriminados.







