(Por InfoGEI) La Justicia Federal de Paraná tomó esta decisión en un proceso colectivo contra OSDE, indicando que el Gobierno debe retomar la regulación de las cuotas. La Cámara Federal de Paraná dictaminó que el DNU 70/2023, que había liberado los precios de la medicina prepaga en el país, es inconstitucional. Asimismo, el tribunal dispuso que la Superintendencia de Seguros de Salud debe volver a intervenir para autorizar los incrementos en las cuotas de este servicio.
La Cámara Federal de Paraná declaró la inconstitucionalidad del DNU 70/2023 respecto de la desregulación de los precios de la medicina prepaga en el país, así como ordenó que la Superintendencia de Seguros de Salud vuelva a autorizar las subas en las cuotas de esa prestación.
Este fallo se dio en el contexto de una demanda presentada por Fernando Ismael Morsentti contra OSDE por los aumentos implementados desde la entrada en vigencia del decreto.
En marzo pasado, la jueza federal María Isabel Caccioppoli había declarado el caso como colectivo, beneficiando a todos los usuarios de OSDE, y había emitido una medida cautelar que suspendía los aumentos.
Posteriormente, debido a una recusación contra la jueza Caccioppoli, el caso fue resuelto por el juez Pablo Seró, quien decidió que la causa había perdido su relevancia, basándose en el acuerdo que la Superintendencia de Seguros de Salud alcanzó con las empresas de medicina prepaga en un proceso judicial tramitado ante el Juzgado Civil y Comercial Federal N°7, bajo la dirección del juez Juan R. Stinco. (InfoGEI)Ac